El incumplimiento de lo dispuesto en el Decreto de Alcaldía emitirá una sanción. |
Según el Decreto N° 009 – 2017, emitido
por la Alcaldía de la ciudad de Barranca, ha
dispuesto el Embanderamiento General Obligatorio del distrito capital de
Barranca, a partir del día 07 al 31 de julio del año en curso.
Tal medida, se toma en cuenta considerando
que los gobiernos locales son entidades básicas de la Organización Territorial
del Estado y canales inmediatos de participación vecinal en los asuntos
públicos y que por tanto gozan de
autonomía política, económica y administrativa en los asuntos que le compete.
Por ello, ante la autonomía conferida
como entidad pública, se encuentra en la
obligación de resaltar los hechos históricos trascendentes, con el propósito de
fortalecer y reafirmar la conciencia cívica; fomentando la realización de
actividades simbólicas como el Embanderamiento de todos los inmuebles del
Distrito Capital de Barranca.
La recomendación emitida por el
decreto de alcaldía es que los vecinos de Barranca se encuentran llamados a
pintar y embellecer las fachadas de los locales públicos y privados, así como
los domicilios particulares de la jurisdicción como una muestra de respeto a un
Aniversario patrio y para plasmar una buena imagen y presentación del Distrito.
Los encargados de velar por el
cumplimiento de lo dispuesto en el Decreto de Alcaldía, serán las Gerencias de
Servicios Públicos y de Rentas, quienes impondrán una sanción a
todo ciudadano que incumpla lo
dispuesto.
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