El
Poder Ejecutivo publicó hoy un Decreto Legislativo que endurece las penas para
quienes cometen los delitos de feminicidio, violencia familiar y violencia de
género.
La
norma, publicada hoy en las Normas Legales del diario El Peruano, contempla el
aumento de penas para quienes causen lesiones leves a mujeres o que provoquen
daño psíquico.
A
partir de ahora, los agresores afrontarán condenas que van desde los dos hasta
los cinco años de cárcel, si las lesiones en el cuerpo requieren más de 10 y
menos de 30 días de recuperación.
“El
tema de las lesiones leves, que antes tenían penas bajas, ahora el legislador
les ha colocado penas que van hasta cinco años. Se trata de un agravante en
cuanto se busca tutelar la integridad física de los ciudadanos”, dijo a RPP
Noticias el abogado penalista Julio Gutiérrez.
El
especialista, sin embargo, dijo que el endurecimiento de penas no
necesariamente significa que reducirán los casos de violencia contra la mujer.
“Ya se ha demostrado que el aumento de penas no genera una reducción de la
criminalidad”.
Cabe
mencionar que el Decreto Supremo contempla como agravantes de feminicidio,
violencia familiar y violencia de género a varios aspectos, como la
intolerancia o discriminación de origen, raza, religión o sexo, orientación
sexual, entre otros.
De
ahora en adelante el feminicidio o intento de feminicidio tendrá penas no
menores de 15 años de cárcel, y no menor de 25 años si se atenta contra la vida
de una menor de edad o una adulta mayor, si la víctima estaba en gestación, si
fue sometida a una violación, entre otros parámetros.
“En
el tema de feminicidio, habían vacíos cuando el comportamiento de la persona no
estaba ligado en específico a afectar la vida y, por lo tanto, había agresiones
que no llegaban con el objeto de ponerle fin a la persona, pero sí se trataba
de agresiones dirigidas hacia la mujer como tal”, refirió Gutiérrez.
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