La
conducta de Aurelio Pastor, motivo de una denuncia que lo condenó a cuatro
años, se adecuaba al ejercicio legal de abogado y por eso se ordenó su
libertad, afirmó hoy el juez supremo Javier Villa Stein, quien dirige la Sala
Penal Permanente de la Corte Suprema que dispuso la excarcelación del
exministro aprista.
"Por
unanimidad se ha dispuesto que no se aplicó correctamente las disposiciones
legales, porque la conducta de Aurelio Pastor se adecuaba al ejercicio legal de
la profesión de abogado", explicó.
A
modo de ejemplo señaló que si una persona le hace a otra un corte, dicho corte
típicamente hablando sería de lesión pero si lo hace un médico, en uso de sus
atribuciones, el asunto sería típico pero no antijurídico.
"Bajo
juicio la conducta de Pastor se adecua en el ámbito del ejercicio de la
profesión de abogado", insistió Villa Stein.
Hoy
la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia ordenó la libertad del
exministro de Justicia aprista, al haber aceptado un recursos de casación que
pedía anular su sentencia a cuatro años de prisión por el delito de tráfico de
influencias.
Pastor
fue condenado tras haber sido acusado por la exalcaldesa de Tocache, Corina de
la Cruz, de haberle pedido dinero a cambio de ayudarla con sus influencias en
un proceso de vacancia en su contra en el Jurado Nacional de Elecciones (JNE).
Por
ese caso, el Primer Juzgado Unipersonal lo sentenció al hallarlo responsable.
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